- Magistrados confirmaron que Declaración de Impacto Ambiental presentada por la empresa para su proyecto de sondajes fue realizada en forma correcta.
- Empresa valoró la profundidad del fallo “porque reconoce que hicimos las cosas bien”.
Santiago, 9 de octubre de 2025.- En fallo unánime, contenido en un documento 150 páginas, el Segundo Tribunal Ambiental rechazó las seis reclamaciones que buscaban invalidar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) obtenida por Minera Vizcachitas en 2021 para su proyecto de sondajes, como parte del estudio de prefactibilidad de la iniciativa minera ubicada en la comuna de Putaendo, Región de Valparaíso.
El Tribunal validó la Declaración de Impacto Ambiental elaborada por la empresa y los estudios que le dieron sustento. El tribunal desechó también los argumentos de los reclamantes, entre éstos la existencia de impactos significativos del proyecto sobre la calidad y cantidad del agua tanto superficial como subterránea, en particular del río Rocín; como también desestimó los argumentos relativos a que el proyecto afectaría el valor ambiental del territorio, los recursos y sitios prioritarios, especies animales y vegetales, incluyendo el gato andino.
Santiago Montt, presidente de Minera Vizcachitas, expresó tras conocer esta resolución: “Este contundente fallo del Segundo Tribunal Ambiental reafirma que por parte nuestra se hicieron las cosas bien, por lo que valoramos la dedicación y precisión con que se analizó cada aspecto de este proceso. Valoramos especialmente el actuar del SEA, la COEVA y decenas de expertos que aportaron la información científica que corrobora todo lo que presentamos durante el proceso de evaluación ambiental. Nos deja muy contentos la exhaustividad con que se ponderó cada antecedente y que las seis reclamaciones fueron desestimadas con sólida evidencia. Seguiremos haciendo las cosas bien porque estamos convencidos que el proyecto minero Vizcachitas es un claro ejemplo de minería responsable que aportará desarrollo y bienestar para Putaendo y la Región de Valparaíso”.
El proceso ante el Tribunal
El proceso ante el Segundo Tribunal Ambiental, que fue liderado por la presidenta del organismo, Marcela Godoy Flores; y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montencinos, consideró un profundo análisis respecto de la controversia por los impactos significativos del proyecto y también la controversia sobre el proceso de evaluación ambiental en su conjunto.
“Este Tribunal constata que el proyecto ha presentado información técnica pertinente que sustenta fundadamente el descarte de impactos significativos sobre la calidad de las aguas superficiales y subterráneas. Esto, atendiendo la descripción detallada de las partes, obras y actividades del proyecto, la caracterización de la calidad del río Rocín (línea de base), y las condiciones de geología e hidrogeología del área. Asimismo, el proyecto considera acciones para prevenir y controlar situaciones que puedan afectar el recurso hídrico, tales como el manejo de lodos de perforación y sustancias, residuos líquidos y la disposición de obras fuera del área de inundación del río Rocín”, señala el fallo en uno de sus puntos.
En relación a la eventual afectación a especies como el gato andino, el fallo expresa que “el Tribunal estima que no existe mérito suficiente en lo planteado por las reclamantes que permita desvirtuar la legalidad del acto, en lo referido a un inadecuado descarte de efectos ambientales sobre la especie Leopardus jacobita (Gato Andino) por parte del Servicio de Evaluación Ambiental. Por el contrario, a juicio de estos sentenciadores, el Servicio ponderó debidamente la información científica vigente acompañada por el titular del proyecto y procedió a validar correctamente el descarte de efectos sobre esta especie de felino en el área del proyecto”.
Y en lo que respecta al proceso de evaluación ambiental efectuado por Minera Vizcachitas, que también fue cuestionado por los reclamantes, el tribunal dictamino que “resulta claro para estos sentenciadores que en la especie no se ha producido una afectación al legítimo derecho de los reclamantes a plantear sus observaciones en relación al proceso de evaluación ambiental, como tampoco a exponer las eventuales ilegalidades que pudiesen estimar que presentaba el acto que calificó favorablemente el proyecto, tal como en definitiva ocurrió en la especie al haberse atendido los planteamientos de estos reclamantes al ser los mismos compartidos por las alegaciones de los restantes solicitantes de invalidación de la RCA N° 14/2021, sin que se advierta una ilegalidad en la actuación de la reclamada al respecto, motivo por el cual la presente controversia será desestimada”.
El fallo conocido hoy descartó también un impacto negativo sobre el sistema de vida y costumbres, el valor turístico y el patrimonio cultural en el proceso de evaluación ambiental. El documento incluyó profusa bibliografía científica y consideración de los compromisos ambientales de Minera Vizcachitas.
Larga tramitación
Este fallo resuelve todas las reclamaciones presentadas a lo largo de tres años a raíz del proyecto de sondaje minero de prefactibilidad Las Tejas, que es parte del proyecto minero Vizcachitas, ubicado a 46 kiolómetros de Putaendo. Vizcachitas ingresó en 2019, de acuerdo a lo dispuesto en la ley, una Declaración de Impacto Ambiental al Servicio de Evaluación e Impacto Ambiental (SEIA) de Valparaíso, relativo a las faenas de sondaje minero de prefactibilidad, que son actividades de prospección para confeccionar el modelo geológico en la cuenca del río Rocín, proyecto estimado en 48 meses.
Este proyecto fue calificado favorablemente por la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de la Región de Valparaíso en 2020, como parte del proceso de evaluación ambiental, resolución que posteriormente fue retrotraída por una decisión de la Corte Suprema con el fin de realizar un proceso de participación ciudadana (PAC). Minera Vizcachitas cumplió lo ordenado y presentó una adenda complementaria a la DIA, respondiendo las 138 observaciones presentadas en la PAC, tras lo cual a COEVA de la Región de Valparaíso calificó de forma favorable el proyecto mediante la Resolución Exenta N° 14, de 13 de mayo de 2021.